BIENVENIDO

El Blog de los Ingenieros de (la) Edificación, profesionales de la Arquitectura Técnica y aquellas Ingenierías con muchas competencias pero sin "atribuciones" reconocidas.

domingo, 12 de agosto de 2012

ÚLTIMO COMUNICADO DEL CGATE!!!

Parece que el recurso ante los Tribunales Europeos no ha sido admitido a trámite a la vista del último comunicado del CGATE.

Las opciones de supervivencia de la Ingeniería de (la) Edificación quedan reducidas a que el Gobierno con la próxima liberalización de Servicios Profesionales de cabida a estos estudios, el resto es una guerra perdida.







jueves, 9 de agosto de 2012

Y SIGUEN CAYENDO SENTENCIAS....!!!

Las últimas sentencias que van apareciendo, parece que van dejando claro el único camino para resolver la problemática surgida entorno a la Ingeniería de (la) edificación.

Desde la "maldita sentencia" del 9 de Marzo de 2010 en el que el TS entendía que el título de Ingeniería de Edificación inducía a confusión no ha habido manera de hacer entender a los señores jueces del TS que la Arquitectura Técnica es en esencia Ingeniería de Edificación. Y desde luego no están dispuestos a cambiar su doctrina, una y otra vez refrendada, por las distintas sentencias ya falladas.

De manera resumida el parecer del TS podría decirse que es el siguiente:

1.- que la titulación de Ingeniería de Edificación induce a confusión, 
2.- que se ha respetado la autonomía Universitaria y que está Autonomía Universitaria , y la facultad de establecimiento del Gobierno están sujetas a determinadas limitaciones. (Leer punto SEXTO de la sentencia de fecha 24/07/2012 que anula el título de la Universidad Antonio Nebrija)
3.- que la percepción social (a juicio del TS) es que la Titulación de Ingeniería de Edificación induce a confusión y que si en un futuro la percepción social es otra, por la causa o por las circunstancias que sean,  y además el Gobierno legisla para que esto se corrija podría cambiar de opinión. (Leer punto DUODÉCIMO de la Sentencia contra la Univ. de Alcalá, UCJC, Europea Miguel de Ceervantes, Illes Balears, y Politécnica de Madrid)


También os dejo una sentencia interesante con la que los I.I. pretendían parar los trámites para la titulación de Graduado en Edificación, y en el que el juez se pronuncia diciendo que la confusión sólo se genera con la mezcla de las palabras "Ingeniería" + "Edificación". (Sentencia)


martes, 7 de agosto de 2012

CUENTA ATRÁS...INGENIERÍA DE EDIFICACIÓN Y LEY DE LIBERALIZACIÓN DE SERVICIOS PROFESIONALES!!!

Y ya van al menos 5 denominaciones posibles para la titulación de Grado que permite ejercer la profesión de Arquitecto Técnico.

1.-Graduado en Ingeniería de (la) Edificación (Univ. varias que ya conocéis)
2.- Graduado en Ciencia y Tecnología de la Edificación (Ej.: Univ. de Sevilla, Univ. de Barcelona)
3.- Grado en Edificación. (Ej: Univ. Alfonso X)
4.- Grado en Arquitectura Técnica (Ej: Univ. De Burgos, Univ. del Pais Vasco)
5.- Grado en Ingeniería de Construcción Arquitectónica. (Ej: Univ. UCJC).

Al final la frase “la denominación induce a confusión” tan auspiciada por algunos (Ingenierías Industriales principalmente) y refrendada por el TS, está consiguiendo que surjan varias denominaciones alternativas para el ejercicio de la profesión de Arquitecto Técnico.

Si ya de por sí, la profesión que ejercemos los arquitectos técnicos es confusa por definición, puesto que lo de arquitecto sólo lo tenemos en el nombre, ahora y gracias a las recientes sentencias, va a ser más complicado discernir a lo que nos dedicamos.

Cuando se quiera concretar una titulación para definir la profesión que desempeñamos, que en esencia es el de la Ingeniería aplicada a la Edificación o a la Construcción , será demasiado tarde.

Particularmente creo que el último tren para la “Ingeniería de (la) Edificación” se encuentra en la “próxima” aprobación de Ley de Liberalización de Servicios Profesionales. Según el plan del gobierno esta llegará en Septiembre, pero no sería la primera vez que se pospone debido a la presión de los Colegios Profesionales y otros lobbies de poder.

Las últimas sentencias del TS (recurso 597/2009 de 19 de Junio de 2012 y recurso 598/2009 de 26 de Junio de2012) abren la puerta a que en un futuro próximo y motivado por esa nueva Ley de Servicios Profesionales se resuelva el conflicto de la Ingeniería de (la) Edificación.

 Literalmente una de las sentencias dice:

“El  Gobierno  consciente  de  esa  necesidad  se  comprometió  a  elaborar  una  nueva  Ley  de  servicios profesionales,  fijándose  para  ello  un  plazo  de  doce  meses  para  definir  qué  profesiones  mantendrían  la colegiación obligatoria así como la reserva de actividad para determinadas profesiones con el objetivo de fortalecer el principio de libertad de acceso y ejercicio en todas las actividades profesionales. Sin embargo hasta la fecha la Ley citada no ha visto la luz. En consecuencia, y hasta tanto no se apruebe esa nueva norma, la denominación de titulaciones que creen las Universidades no puede producir confusión en la ciudadanía en relación con la tradicional designación con que en España hasta ahora se han conocido determinadas profesiones reguladas como la de aparejador o más recientemente arquitecto técnico, para cuyo ejercicio habilitaría ahora el título de ingeniero de la edificación.

En consecuencia esas razones que en el futuro pueden conducir a una solución diferente, habida cuenta de la autonomía reconocida a las universidades para la denominación o designación de los títulos, no es admisible en este momento, para supuestos como el aquí contemplado en el que la denominación de un título académico Ingeniero de la Edificación, induce a confusión con la profesión regulada en España para cuyo ejercicio habilita de Aparejador o Arquitecto Técnico.”

En consecuencia, es el Gobierno de España, quien tiene la pelota en su campo, una vez que el TS se la ha devuelto diciéndole lo que tiene que hacer si de verdad quiere resolver el problema.

No sé cual será el peaje que tendrá que pagar la profesión para que esa nueva Ley de Servicios Profesionales de cabida a la figura del Ingeniero de Edificación, pero creo que la exclusividad de la Dirección de Ejecución Material en las obras de Edificación del Grupo A establecido por la LOE va a tocar a su fin.