BIENVENIDO

El Blog de los Ingenieros de (la) Edificación, profesionales de la Arquitectura Técnica y aquellas Ingenierías con muchas competencias pero sin "atribuciones" reconocidas.

domingo, 30 de diciembre de 2012

BORRADOR SOBRE LA LIBERALIZACIÓN DE SERVICIOS PROFESIONALES!!

Aquí tenéis la presentación previa del borrador sobre la Ley de Liberalización de servicios profesionales....por fin se presentó. 
¿Y quién gana? Como siempre nuestros queridos amigos los Ingenieros

Los Arquitectos Técnicos estamos muertos. ¿por qué? Porque según la LEY no somos ni Ingenieros, ni Arquitectos. (os recuerdo que somos Arquitectos Técnicos). 
Eso sí seguiremos con nuestra flamante Dirección de Ejecución Material. Esta vez compartida con todo el personal. ¿Alguien se cree que algún AT va a seguir dirigiendo alguna obra cuando ahora la DO y la DEM la podrá realizar una única persona? Lo hará un Arquitecto o un Ingeniero, pero nunca un AT. (Es de sentido común). ¿Dónde están los defensores del Grado en Arquitectura Técnica?. Os recuerdo que por definición un Arquitecto Técnico no es un Arquitecto. ¿Qué es un Arquitecto Técnico? Un invento que interesa a Arquitectos y a Ingenieros para confundir a los políticos y a la justicia mientras ellos ejercen para aquello para lo que nos han formado a nosotros......INGENIERÍA DE EDIFICACIÓN.


¿Ahora es importante o no es importante la denominación?



La denominación SI importa y mucho.



Para que nuestra profesión y nuestros profesionales sobrevivan es básica la denominación de INGENIERÍA ya sea en I. de Edificación - I. de Construcción - I. Arquitectónica



Aquella denominación que no contenga el término Ingeniería nos apartará de ejercer en aquello de lo que tenemos suficientes competencias por los planes de estudio que cursamos.



La dirección de ejecución ya está vendida al resto de las Ingenierías desde hace mucho tiempo. Nosotros tendremos que hacer hueco. La proyección arquitectónica tal como la conocemos hoy también dejará de tener su coto particular. Nos europeizamos, nos mundializamos.


Ahora sólo nos queda luchar por aquello para lo que estamos suficientemente capacitados pero que la LOE nos privó y cedió al resto de Ingenierías (ITI e II principalmente).

La tendencia y el campo de los Arquitectos es el del diseño, así es en el resto del mundo. (Aunque los Arquitectos Españoles no quieran y estén suficientemente capacitados para el desarrollo de la concepción ingenieril de la edificación, al igual que lo están los Arquitectos Técnicos).

Los Ingenieros definirán y materializarán los proyectos de los arquitectos, pero no lo harán los I.I. ó los I.T.I., aunque ellos lo pretendan. Este trabajo lo harán los I.E y si esta figura no llega a surgir por el empeño de otros profesionales, lo terminarán realizando los Ing. Civiles, como también ocurre en el resto del mundo.


Con el tiempo los AT desaparecerán y se reconvertirán en IE o IC, y las ingenierías del ámbito de la Industria terminarán dejando en paz el sector de la construcción y la edificación. Tiempo al tiempo aunque tenga que trascurrir mucho. La realidad existente en la mayoría de otros lugares del mundo se terminará imponiendo en España.


P.D.


1.- ¿Ahora la Arquitectura quiere el apoyo de la AT, cuando lo único que ha hecho ha sido posicionarse en contra de la IE, cerrar las puertas a los AT para acceder a los estudios de Arquitectura e incluso evitar la integración de dos formaciones que podían haber sido complementarias pudiendo haber accedido a la concepción ingenieril y arquitectónica de la edificación?. A buenas horas mangas verdes, dicen en mi pueblo. Realmente PATÉTICO.




2.- Este es un escrito que ha hecho el Subdirector General de Arquitectura y Edificación (Arquitecto por supuesto) en el que expone su opinión mediante un informe que presentó ante el Ministerio del Sr. de Guindos el 18 de Septiembre de 2012......en absoluto es vinculante a la LSP.¿ El Sr D. Anselmo Menéndez Menéndez qué es lo que va decir si es Arquitecto? ....Efectivamente que todo se quede como esté.



























jueves, 27 de diciembre de 2012

NOTICIAS VARIAS SOBRE LA LIBERALIZACIÓN DE SERVICIOS PRFESIONALES!!


Aquí os dejo varios enlaces sobre diversas noticias relacionadas con la Liberalización de Servicios Profesionales publicadas recientemente:


El Gobierno eliminará la obligación de colegiarse para ejercer una profesión

Ley sobre liberalización de los servicios profesionales y el fin de los Colegios de Arquitectos


Bruselas se compromete a dar más tiempo a España para ajustar el déficit

El Gobierno espera más movilización social en 2013


Parece que el río suena .......

¿PERO ESTO QUÉ ES?


Lo que se anunciaba como una Nueva Ley de medidas de liberalización del comercio a bombo y platillo es una tomadura de pelo soberana...

Hoy se ha publicado la Ley 12/2012 de 26 de diciembre, de medidas urgentes de liberalización del comercio y de determinados servicios

Resulta que casi,casí es un corta-pega del Real Decreto-ley 19/2012, de 25 de mayo, de medidas urgentes de liberalización del comercio y de determinados servicios.

Son casi 6 meses de diferencia entre uno y otro y resulta que casi no han cambiado ni una coma.....¿Alguién está haciendo su trabajo?

¿Peró de qué estamos hablando?.

¿Será la nueva Ley de Liberalización de Servicios Profesionales una copia del borrador que circuló el anterior Gobierno de la nación?. Yo me espero cualquier cosa.

jueves, 20 de diciembre de 2012

NUEVAS SENTENCIAS SOBRE EL GRADO DE INGENIERÍA DE EDIFICACION!!

Aquí tenéis tres nuevas sentencias que afectan al título de Grado en IE:

- A la Universidad de la Laguna  STS 7966/2012
- A la Universidad Politécnica de Madrid STS /7879/2012
- A la Universidad Antonio Nebrija STS 7919/2012 

Ninguna de ellas es favorable a los intereses de la titulación del Grado de IE. Además se va asentando en el TS el criterio de que la autonomía universitaria no se ha vulnerado. Os traslado literalmente la argumentación usada en una de las sentencias.

De acuerdo con estas premisas, en la sentencia de 24 de julio de 2.012, recurso 319/2.010 , razonamos lo siguiente sobre la denuncia de que una decisión como la que aquí tomamos podría suponer una vulneración del derecho fundamental a la autonomía universitaria:
" Cierto es que tras la Ley Orgánica 4/2.007, de 12 de abril, que modificó la Ley Orgánica 6/2.001, de 21 de diciembre, de Universidades, son éstas las que crean y proponen las enseñanzas y los títulos que hayan de impartir y expedir, sin estar sujetas, incluso si habilitan para el ejercicio de profesiones reguladas, a exigencias de uniformidad en la denominación, ni de identidad entre ésta y la de la profesión. Pero lo es también que en ese último supuesto, de títulos que habilitan para el ejercicio de esas profesiones, la autonomía de la Universidad y la facultad de establecimiento del Gobierno están sujetas a determinadas limitaciones, condensadas, como reconocen las mismas partes recurridas, en la idea de que la denominación elegida ha de facilitar la identificación de la profesión para cuyo ejercicio habilita el título y no ha de conducir a error o confusión sobre sus efectos profesionales.
Limitaciones que a nuestro juicio no respeta la denominación de Graduado o Graduada en Ingeniería de la Edificación elegida para un título que habilita para el ejercicio de la profesión regulada de Arquitecto Técnico. Es así, porque aún hoy, nuestro ordenamiento jurídico, según resulta, por ejemplo, de lo dispuesto en la Ley 12/1986, de 1 de abril, de atribuciones profesionales de los Arquitectos Técnicos e Ingenieros Técnicos, y la percepción social mayoritaria, diferencian las profesiones de Ingeniero y Arquitecto, sin atribuir
a una y otra un análogo significado y contenido, ni en el plano de la formación académica, ni en el de sus atribuciones profesionales. Por ello, aquella denominación no facilita en sí misma o por sí sola la identificación de la profesión para cuyo ejercicio habilita el título, sino que, más bien, la dificulta. Y puede conducir para un amplio sector de terceras personas que entren en relación con el poseedor del título a error o confusión sobre los efectos profesionales de éste. Que ello pueda no ser así en un futuro en el que aquella percepción social sea otra, por la causa o por las circunstancias que sean, no afecta hoy al juicio de ilegalidad que ahora debe alcanzarse.
Procede, por todo lo expuesto, acoger la pretensión de nulidad del título de la Universidad Antonio de Nebrija denominado "Graduado o Graduada en Ingeniería de la Edificación" . 

viernes, 14 de diciembre de 2012

LIBERALIZACIÓN DE SERVICIOS PROFESIONALES!!




Ahora parece que va de verdad. Hoy ha salido alguna noticia al respecto, aquí os dejo dos enlaces de noticias publicadas hoy. Según el diario digital "El economista" la intención del Ministerio de Economía es llevar la nueva Ley de Unidad de Mercado al Consejo de Ministros de la próxima semana, para su remisión inmediata a las Cámaras Legislativas.


NOTICIA EN CINCO DÍAS (artículo escrito por D. Juan Antonio Santamera Sánchez - presidente del Colegio de Ingenieros de Caminos, Canales y Puertos)





Me quedo con el comentario que hace una persona en el diario CINCO DÍAS, el cual comparto totalmente y que dice literalmente:

"Es lógico que el presidente del Colegio de ICCyP se pronuncie en defense de la excelencia de la profesión que abandera, es lo propio. La presidencia del Colegio de Enfermería hacen lo propio a su vez.Ahora bien, ha de recordar que gran parte de las atribuciones que hoy tiene en exclusiva la ICCyP son de órden demonónico y la mayoróa preconstitucionales, razón por la que se trata de una de las profesiones con más atribuciones en detrimento de otras profesiones, y unicamente en base a esas leyes ancestrales.Si no fuera por esa normativa, otras profesionales podrían diseñar la captación de agua de un río para un riego sin tener que esperar a que el Tribunal supremo le diga que eso es dominio en exclusiva de los ICCyP.De eso no habla, ¿verdad?Ni tampoco de la transversalidad de conocimientos, ni tampoco de que el Grado teoricamente iba a dar las atribuciones, pero que las profesiones de élite (arquitectura, ICCyP e I. Industriales) han dinamitado el proceso erigiéndose en los garantes del saber y estableciendo el máster como formación habilitante para la profesión, dejando en un escalón menor, como viene siendo costumbre, a los Grados nuevos. Es por esta razón por la que la convalidación directa pretendida por los ICCyP al Máster ICCyP, de ocurrir, facilitaría que cualquier Ingeniero Técnico fuera automaticamente Grado, o que cualquier Ingeniero fuera Máster. ¿De ese tema tampoco hablamos?Evidentemente, si lo que se pretende es mantener los beneficios ancestrales la postura del Presidente del Colegio es muy entendible. Quizá otras profesiones de la Ingeniería pretendan exactamente lo contrario: atribuciones por competencias, sin que un juez esgrima una ley primitiva en defensa de una profesión anclada en el pasado para lo que quiere y que mientras presume de puntera y de excelencia."

miércoles, 5 de diciembre de 2012

INCIDENTE DE NULIDAD DE LA UNIVERSIDAD CAMILO JOSE CELA, ALCALA, EUROPEA MIGUEL DE CERVANTES, ILLES BALEARES Y POLITÉCNICA DE MADRID!!

Bueno, aquí tenéis un nuevo incidente de nulidad rechazado por el Tribunal Supremo. En este caso afecta a las Universidades siguientes:

- Universidad Camilo José Cela
- Universidad de Alcalá
- Europea Miguel de Cervantes,
- Illes Baleares
- Politécnica de Madrid

A todas ellas sólo les queda el Tribunal Constitucional (TC). Poco a poco se van cerrando todas las puertas.