BIENVENIDO

El Blog de los Ingenieros de (la) Edificación, profesionales de la Arquitectura Técnica y aquellas Ingenierías con muchas competencias pero sin "atribuciones" reconocidas.

viernes, 11 de octubre de 2013

AUTO JUDICIAL SOBRE RECURSO DE CASACIÓN DE LA UEMC!!!

Aquí os dejo enlace sobre un auto judicial del título de Graduado en Ingeniería de Edificación que esta vez afecta a la UEMC. No termino de entender lo que supone....

Auto (pinchar aquí

viernes, 4 de octubre de 2013

CONTESTACIÓN DE UN COMPAÑERO AL SR. AROCA EN RELACIÓN A LA LSCP!!!


Aquí os dejo la contestación de un compañero al artículo escrito por el Sr. Aroca (Candidato al CSCAE) en su Blog. Bien podría servir de respuesta a otros tantos ínclitos responsables y ex-responsables de instituciones colegiales del sector de la ingeniería y edificación como la Sra. Paloma Sobrini (arquitecta y exdecana del Colegio Oficial de Arquitectos de Madrid.), el Sr. Otero (Presidente del CGATE) o el Sr. D. Jesús Rodríguez Cortezo (Presidente del CGCOII).


Artículo del Sr. Aroca (Pincha aquí)

Contestación de Borja Moriano:

" Vamos a ver señor Aroca si consigo explicarme de forma breve y concisa, y por otra parte llegar a algún punto en común entre su forma de pensar y la mía...
Usted dice: "Los arquitectos tenemos las competencias que tenemos por nuestra formación"
Dicho lo cual, aclaremos los siguiente, que creo que es de suma importancia para el resto del debate:

Competencia profesional = Conocimientos y capacidad de un profesional, adquirido mediante su formación y/o experiencia para realizar una determinada labor con eficacia y eficiencia.
Atribución profesional = Habilitación legal que concede a un determinado profesional realizar una labor concreta (de la que se presume es competente)

"Por tanto, se deduce de las dos definiciones anteriores y del uso de la lógica más aplastante, que un profesional competente en un campo determinado, debe tener atribuciones en ese campo, de lo contrario se estará dando uso de alguna ley que no atienda a criterios de proporcionalidad y racionalidad para con unos profesionales en detrimento de otros que ostenten esas exclusividades o reservas de actividad.

Y ahora viene lo mejor: ¿Porqué un Aparejador, Arquitecto Técnico o Ingeniero de Edificación, con demostradas competencias (mediante comprobación de su plan de estudios, formación complementaria, másters y experiencia profesional demostrable) en determinados campos relacionados con el proceso edificatorio, no ostenta atribuciones en los mismos? Le cito algunos ejemplos:
Cálculo y diseño de instalaciones de baja tensión.
Cálculo y diseño de instalaciones de fontanería, ACS y saneamiento.
Cálculo y diseño de instalaciones de apoyo solar térmica o fotovoltaica.
Cálculo y diseño de instalaciones e infraestructuras de telecomunicaciones.
Cálculo de estructuras metálicas, de hormigón armado, madera.
Cálculo de redes de alcantarillado, recogida de pluviales, sistemas separativos, mixtos, etc...
Mecánica de suelos y geotecnia.
Dirección de proyectos edificatorios.
Diseño de interiores.
Planificación urbanística y distribución del territorio.


Y continúo. Dice usted "ningún otro técnico tiene una formación comparable en ese terreno", aludiendo a las competencias de los Arquitectos en cuanto a diseño de espacios habitables.
Eso es algo que no discuto ni creo que sea la cuestión del debate. Es evidente que la formación del Arquitecto es la óptima para esta labor, lo que por otro lado, no quiere decir que otro profesional relacionado con la edificación pueda llegar a ser competente en esta materia, ¿o no?

En esta línea, la Ley de Ordenación de la Edificación, establece que para todos aquellos usos no explicitados en los grupos a) y b), tendrán atribuciones tanto Arquitectos, como Arquitectos Técnicos (Aparejadores o IE), Ingenieros Técnicos e Ingenieros.
En ese grupo c) se encuentra entre otro tipo de edificaciones, un Centro Comercial (espacio que desde el punto de vista "técnico" es mucho más complejo que lo que puede suponer una vivienda unifamiliar. Por otro lado, es una edificación igualmente considerable (espacio habitable), ya que su uso fundamental está relacionado directamente con las personas, no es como una nave industrial o una planta nuclear por poner algunos ejemplos.

Por lo que concluyo. Los Arquitectos tienen unas competencias envidiables en materia de diseño de espacios habitables, eso es indudable y su formación de base es la más idónea para este campo de entre todas las titulaciones de base relacionadas con la edificación (con formación de base me refiero a los Grados, sin contar cursos de especialización, másters, experiencia profesional). Eso no se discute ni se pretende cambiar.
Lo que es injusto es que en campos con demostrables competencias, no se permita actuar y no se nos confieran atribuciones a otros profesionales (como los Aparejadores, Arquitectos Técnicos o Ingenieros de Edificación).
Tampoco es justo que ya no teniendo esas atribuciones aún teniendo competencias suficientes, no se nos permita adquirir nuevas atribuciones cursando formaciones complementarias o másters en esas materias.

Mi opinión es la de una LCSP que liberalice el sector, en todos los sentidos, desde la Arquitectura hacia la Ingeniería y al contrario, de modo que cualquier profesional relacionado con el proceso edificatorio pueda dirigir su carrera profesional hacia donde estime conveniente y recicle su formación o la amplíe sin miedo a no tener atribuciones en lo que es competente.

Espero su respuesta. Saludos."


miércoles, 2 de octubre de 2013

MIS OBSERVACIONES PRESENTADAS A LA LSCP!!

En los últimos días se han ido publicando las observaciones o alegaciones a la futura y ya presente LSCP. Como un ciudadano más he tratado de aportar mi granito de arena en defensa de la titulación de Ingeniería de (la) Edificación y del resto de titulaciones que dan acceso a la profesión de Arquitectura Técnica.
También creo que la formación universitaria específica, ya  sea a través de nuevos grados y máster, debe posibilitar el desempeño en toda su amplitud de aquello para lo que una persona se ha formado.

Observaciones presentadas por mi a la LSCP.

A continuación os relaciono las observaciones presentadas por otras instituciones.

Observaciones a la LSCP de la Enfermería 
Observaciones a la LSCP del Colegio de Enfermería de Murcia
Observaciones a la LSCP de la Abogacía
Observaciones a la LSCP de los Procuradores
Observaciones a la LSCP de la Arquitectura Técnica
Observaciones a la LSCP de la Asociación de Estudiantes de la AT. (ASAT)
Observaciones a la LSCP de los Ingenieros de Caminos Canales y Puertos
Observaciones a la LSCP de los Ingenieros  de Caminos Canales y Puertos del Estado.
Observaciones a la LSCP de la Ingeniería Industrial de Valencia
Observaciones a la LSCP de FEDECA (Federación de Asociaciones de Cuerpos Superiores de la Administración Civil del Estado)
Observaciones a la LSCP de la Unión Profesional de la Ingeniería 
Observaciones a la LSCP de la Unión Profesional
Observaciones a la LSCP del Consejo General de Colegios Oficiales de Doctores y Licenciados en Filosofía y Letras y en Ciencias de España


Busco las observaciones presentadas por:

- El Consejo superior de la Arquitectura.

- El Consejo superior de Ingenieros Industriales.
- El Consejo superior de Ingenieros Técnicos Industriales
- El Consejo General de Colegios Oficiales de Médicos de España

Agradezco de antemano a quien me proporcione algún enlace.

Aquí os dejo comentarios tras la finalización del plazo de presentación de observaciones a la LSCP de:

-El Consejo Superior de la Arquitectura.
-El Colegio de Ingenieros Industriales de Valencia
-El Consejo Superior de Ingenieros Técnicos Industriales




lunes, 5 de agosto de 2013

AUDIENCIA PUBLICA DEL ANTEPROYECTO DE LEY DE SERVICIOS Y COLEGIOS PROFESIONALES

Por fin se aclararon las cosas. El Ministerio de Economía y Competitividad en su página WEB publicaba oficialmente el Anteproyecto de Ley de Servicios y Colegios Profesionales. 



Tal como se establece en el comunicado;

El Consejo de Ministros, en sesión del día 2 de agosto de 2013, a propuesta del Ministro de Economía y Competitividad, ha aprobado el Anteproyecto de Ley Servicios y Colegios profesionales.

A efectos de someter el Anteproyecto a audiencia pública hasta el 16 de septiembre de 2013, se pone a disposición de cualquier persona interesada el texto del Anteproyecto y una dirección de correo electrónico para que puedan cursarse las observaciones que se consideren convenientes.

Plazo de remisión: Las observaciones podrán remitirse antes del 16 de septiembre de 2013.

Forma de presentar las alegaciones: Las observaciones al Anteproyecto de Ley de Servicios y Colegios profesionales deben cursarse a la dirección de correo electrónico:


Llega el momento para que cada uno haga sus propias aportaciones y trate de mejorar el texto publicado en aquello que crea. 

Ahora sí que se ha dado la salida a la Ley de Servicios y Colegios Profesionales, esperemos ver que llegue a meta, aunque le queda un muy laaaaaaaargo camino y el desvanecimiento acecha a la vuelta de la esquina.

domingo, 4 de agosto de 2013

¿APROBADO EL ANTEPROYECTO DE LEY DE COLEGIOS Y SERVICIOS PROFESIONALES?

En el consejo de Ministros del día 2 de Agosto de 2013 se presentó formalmente el Anteproyecto de Ley de Colegios Profesionales


El Sr. de Guindos así lo explicaba en rueda de prensa....




Las reacciones no se han hecho esperar y el CSCAE ha sido el primer colectivo que se ha pronunciado al respecto tras la aprobación en el Consejo de Ministros del anunciado ANTEPROYECTO de LEY de COLEGIOS Y SERVICIOS PROFESIONALES




Pero para mi la gran sorpresa no ha sido esa, sino que ayer día 3 de Agosto no se publicaba nada en el BOE. Algún medio de comunicación ponía en duda dicha aprobación....






Y efectivamente si se lee detenidamente la Referencia al Consejo de Ministros se observa que dice:



INFORME sobre el Anteproyecto de Ley de Colegios y Servicios Profesionales.


Esto parece significar que las discrepancias existentes en el seno del Gobierno en relación a este tema son mayúsculas. Las peleas interministeriales son evidentes......Ministerio de Fomento, Ministerio de Sanidad, y Ministerio de Justicia contra el Ministerio de Economía y Competitividad. El peso de los grupos de presión debe estar siendo bestial, hasta tal punto que parecen haber conseguido retrasar de nuevo la publicación de la dichosa Ley.

Todos tratando de arrimar el ascua a su sardina y mientras tanto los presentes y sobre todo los futuros profesionales derivados de un sistema educativo diferente al de nuestros predecesores totalmente fastidiados y con algo que es mucho peor......sin saber si su formación les servirá para poder ejercer plenamente en aquello para lo que se han formado.


martes, 16 de julio de 2013

INGENIERÍA DE EDIFICACIÓN - RECURSO CONTRA EL MEC!!

Aquí os dejo un modelo de recurso para que podáis presentar frente al Ministerio de Educación, puesto que cuando se hace la consulta personalizada del título, aparece la última denominación aprobada por la Universidad, y no la que se encontraba vigente en el momento de obtener el título.

Ejemplo de Recurso.

miércoles, 10 de julio de 2013

TECNICOS HABILITADOS PARA LA REDACCION DE LA CERTIFICACIÓN ENERGÉTICA!!!

El Ministerio ha publicado un documento en el que se dá Respuestas a preguntas frecuences sobre el Real Decreto 235/2013, de 5 e Abril, por el que se aprueba el Procedimiento Básico para la Certificación de la Eficiencia Energética de los Edificios.
En dicho documento se especifica una relación de técnicos habilitados para la elaboración de la misma (17 profesionales ademas de Arquitectos, Arquitectos Técnicos o Aparejadores).

Ingeniero Aeronáutico
Ingeniero Agrónomo
Ingeniero de Caminos, Canales y Puertos
Ingeniero Industrial
Ingeniero de Minas
Ingeniero de Montes
Ingeniero Naval y Oceánico
Ingeniero de Telecomunicación
Ingeniero Técnico Aeronáutico
Ingeniero Técnico Agrícola
Ingeniero Técnico Forestal
Ingeniero Técnico Industrial
Ingeniero Técnico de Minas
Ingeniero Técnico Naval
Ingeniero Técnico de Obras Públicas
Ingeniero Técnico Telecomunicación
Ingeniero Técnico Topógrafo

Evidente el peso de las Ingenierías Colegiadas en todo este proceso de Liberalización.....Parece que sólo se liberaliza en una dirección (tomadura de pelo).....Si se pretende liberalizar en este sentido ¿Qué pasa con el resto de Ingenierías? ¿Qué pasa con la gente que haya hecho un Master Específico que seguro que sabe más que muchas de las titulaciones ahí reflejadas?. ¿por qué el Ministerio habla de titulaciones cuando realmente tenía que hablar de profesiones?.¿Que pasa con los graduados en Ingeniería Civil, graduados en Ingeniería de Edificación (y todas las subvariantes), los graduados en tecnologías industriales, es decir.....todas las nuevas titulaciones del Plan Bolonia que habilitan a las PROFESIONES en la lista reflejadas, que no a titulaciones?.......Errores de bulto, conceptuales y de todo.....una vergüenza.
Documento: